lunes, 23 de mayo de 2016

Herramientas legislativas que ayudan a la PREVENCIÓN


Desde Fundación C.R.E.S.C.E.R, queremos que potencies todas las herramientas que existen a tu alrededor para fortalecer los lazos preventivos. Una de ellas, es conocer los marcos normativos que nos brinda el Estado para poder trabajar la prevención, desde todos los ámbitos en los que desarrollamos nuestra vida diaria. 





Ley Nacional Nº 26.206

La Ley de Educación Nacional, sancionada en el año 2006, reconoce en su artículo 1º que: "La educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social, garantizados por el Estado." A su vez, en el artículo 3º destaca que: "La educación es una prioridad nacional y se constituye en política de Estado para construir una sociedad justa, reafirmar la soberanía e identidad nacional, profundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática, respetar los derechos humanos y libertades fundamentales y fortalecer el desarrollo económico-social de la Nación". En lo que respecta a la prevención de adicciones, en su artículo 11 inciso q), remarca la importancia de abordar desde la escuela la problemática de las adicciones, fomentando la educación para la salud. Busca "promover valores y actitudes que fortalezcan las capacidades de las personas para prevenir las adicciones y el uso indebido de drogas". Esto se vincula con el inciso siguiente, que expresa la necesidad del fomento desde la escuela de una "formación corporal, motriz y deportiva que favorezca el desarrollo armónico de todos/as los/as educandos/as y su inserción activa en la sociedad.


Ley Nacional Nº 26.061


Esta ley establece la protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes en todo el país, con el fin de garantizar el ejercicio pleno, efectivo y permanente de los reconocidos en el ordenamiento jurídico nacional y en los tratados internacionales en los que la Nación sea parte, como la Convención sobre los Derechos del Niño. 


En su artículo 4, establece las pautas a tener en cuenta en la elaboracion de politicas publicas de la niñez y adolescencia que son:

a) Fortalecimiento del rol de la familia en la efectivización de los derechos de las niñas, niños y adolescentes;
b) Descentralización de los organismos de aplicación y de los planes y programas específicos de las distintas políticas de protección de derechos, a fin de garantizar mayor autonomía, agilidad y eficacia;
c) Gestión asociada de los organismos de gobierno en sus distintos niveles en coordinación con la sociedad civil, con capacitación y fiscalización permanente;
d) Promoción de redes intersectoriales locales;
e) Propiciar la constitución de organizaciones y organismos para la defensa y protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
En el artículo 14, en relacion al Derecho a la Salud, establece que los Organismos Estatales deben garantizar:
a) El acceso a servicios de salud, respetando las pautas familiares y culturales reconocidas por la familia y la comunidad a la que pertenecen siempre que no constituyan peligro para su vida e integridad;
b) Programas de asistencia integral, rehabilitación e integración;
c) Programas de atención, orientación y asistencia dirigidos a su familia;
d) Campañas permanentes de difusión y promoción de sus derechos dirigidas a la comunidad a través de los medios de comunicación social.
Toda institución de salud deberá atender prioritariamente a las niñas, niños y adolescentes y mujeres embarazadas. Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la atención integral de su salud, a recibir la asistencia médica necesaria y a acceder en igualdad de oportunidades a los servicios y acciones de prevención, promoción, información, protección, diagnóstico precoz, tratamiento oportuno y recuperación de la salud.
Por otra parte, en el artículo 15 se garantiza el Derecho a la Educacion "pública y gratuita, atendiendo a su desarrollo integral, su preparación para el ejercicio de la ciudadanía, su formación para la convivencia democrática y el trabajo, respetando su identidad cultural y lengua de origen, su libertad de creación y el desarrollo máximo de sus competencias individuales; fortaleciendo los valores de solidaridad, respeto por los derechos humanos, tolerancia, identidad cultural y conservación del ambiente." Los Organismos del Estado, la familia y la sociedad deben asegurarles el pleno desarrollo de su personalidad hasta el máximo de sus potencialidades, así como el goce de una vida plena y digna.
Ley Nacional Nº 26.586

Esta ley sancionada en el 2009, crea el Programa Nacional de Educación y Prevención sobre las Adicciones y el Consumo Indebido de Drogas. Busca orientar las prácticas educativas para trabajar en la educación y prevención sobre las adicciones y el consumo indebido de drogas, en todas las modalidades y niveles del Sistema Educativo Nacional.  En el artículo 4, inciso f) se expresa: "Fomentar la realización de actividades con la finalidad de apoyar a las familias en su tarea educativa, en el contexto de un entorno afectivo y formativo que ayude a crecer en el desarrollo de la voluntad, la libertad, la responsabilidad, el razonamiento y el juicio crítico, instando al acompañamiento familiar permanente, en el proceso de detección, tratamiento y seguimiento del consumo indebido de drogas."

Ley 26.657


En el año 2010, se promulgó la Ley Nacional de Salud Mental Nº 26.657. En su artículo 4, establece específicamente que las adicciones "deben ser abordadas como parte integrante de las políticas de salud mental." Las personas "con uso problemático de drogas, legales e ilegales, tienen todos los derechos y garantías que se establecen en la presente ley en su relación con los servicios de salud." Esta ley define la salud mental como un proceso determinado por componentes históricos, socio-económicos, culturales, biológicos y psicológicos, cuya preservación y mejoramiento implica una dinámica de construcción social vinculada a la concreción de los derechos humanos y sociales de toda persona.


Ley Provincial Nº 9.890



En Entre Ríos existe la Ley Provincial de Educación Nº 9.980. En el artículo 13º se establecen los objetivos de la educacion en todo el territorio de la provincia. Compartimos con vos algunos de ellos: 

  • Contribuir a la formación integral de las personas.
  •  Fomentar la práctica de valores, de la verdad, libertad, igualdad, justicia, solidaridad, respeto a la diversidad, a la pluralidad y a la búsqueda de consensos.
  • Promover la educación en derechos humanos y formación ciudadana como principios fundantes de la democracia.
  • Promover la formación de ciudadanos activos que contribuyan a la consolidación de la identidad nacional, a la democracia política, social y cultural, a la valorización y preservación del patrimonio natural y cultural, al desarrollo económico de la Provincia y la Nación en un proceso de integración regional y latinoamericana.
  • Brindar una educación entendida en términos de justicia social, con igualdad de oportunidades y posibilidades, regionalmente equilibrada en todo el territorio provincial.
  • Promover la formación, producción y distribución de conocimientos, la creatividad y el pensamiento crítico, la cultura del esfuerzo, el trabajo solidario, la responsabilidad por los resultados y la defensa de los derechos humanos.
  • Brindar a todos y todas oportunidades de acceso, permanencia, movilidad, reingreso y egreso de los diferentes niveles del sistema educativo, en condiciones de igualdad y sin ningún tipo de discriminación.
  • Desarrollar aptitudes, capacidades y competencias formativas, humanísticas, expresivas y creativas mediante la educación científica, tecnológica, artística, educación física y ambiental.
  • Asegurar una formación intelectual, corporal y motriz que favorezca el desarrollo intelectual, la práctica de hábitos de vida saludable, la prevención de las adicciones, la formación integral de una sexualidad responsable y la integración reflexiva en los contextos socioculturales que habitan.

Desde Fundación C.R.E.S.C.E.R celebramos estas importantes herramientas para poder seguir CONSTRUYENDO REALIDADES SALUDABLES. Sostenemos firmemente que PREVENIR es EDUCAR. 

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